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domingo, 24 de noviembre de 2024

Cronograma legislativo: Se perfecciona el sistema judicial cubano

Los anteproyectos de leyes de los Tribunales de Justicia, del Proceso Administrativo, Código de Procesos y del Proceso Penal están dirigidos a perfeccionar los procesos la impartición de la justicia en el país sin discriminación alguna y con apego total a la Constitución…

Laydis Soler Milanés en Exclusivo 29/05/2021
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Tribunal Supremo
La creación de una nueva Ley de los Tribunales de Justicia se justifica desde la disposición transitoria décima de la Constitución de la República de Cuba (Tomado: rhc.cu)

El cronograma legislativo cubano continúa en marcha para dar seguimiento a lo estipulado en la Constitución de la República.

Hace unos días el Consejo de Gobierno del Tribunal Supremo Popular a la Asamblea Nacional del Poder Popular dio a conocer los anteproyectos de leyes de los Tribunales de Justicia, del Proceso Administrativo, Código de Procesos y del Proceso Penal; dirigidos a perfeccionar los procesos la impartición de la justicia en el país sin discriminación alguna y con apego total a la Ley de Leyes.

Los anteproyectos serán analizados en los próximos días por los diputados de la Asamblea Nacional. También se habilitaron correos electrónicos para facilitar la consulta popular sobre cada uno.

Cubahora resume las características esenciales de cada una de estas importantes futuras leyes para el país.

ANTEPROYECTO DE LEY DE LOS TRIBUNALES DE JUSTICIA

La creación de una nueva Ley de los Tribunales de Justicia se justifica desde la disposición transitoria décima de la Constitución de la República de Cuba, promulgada el 10 de abril de 2019, la cual encomendó al Consejo de Gobierno del Tribunal Supremo Popular la presentación del proyecto de nueva Ley de los tribunales populares con el objetivo de adecuar el funcionamiento de los tribunales a las modificaciones introducidas en la Constitución.

Esta ley sería la encargada, según encomienda el segundo párrafo del Artículo 147 de la Carta Magna, de la regulación de los principales objetivos de la actividad judicial, la organización de los tribunales, la jurisdicción y extensión de su competencia, la forma en que se constituyen para los actos de impartir justicia, la organización de los tribunales, la jurisdicción y extensión de su competencia, entre otros aspectos fundamentales.

Se tomó en consideración además para la conformación del anteproyecto los documentos programáticos para el desarrollo del país, aprobados en el VI, el VII y el VIII congresos del Partido Comunista de Cuba, los cuales incluían la necesidad de perfeccionar el sistema de justicia en todos sus ámbitos.

Resulta esencial en el anteproyecto que los tribunales de justicia cumplan la misión de garantizar el orden político-jurídico instituido y amparar los derechos e intereses legítimos de las personas y entidades.

Entre las novedades presentes en el documento destacan la necesidad de proteger a las personas en situación de vulnerabilidad durante la impartición de justicia, lo que se conoce como imparcialidad positiva internacionalmente. Así se tomaría en cuenta factores culturales, raciales, sexuales, de género, territoriales, ambientales y otros que podrían afectar la equidad de la población.

Se incorporan también - explica el texto - el acceso a la justicia, el debido proceso y la tutela judicial efectiva, como categorías generales que aseguran el ejercicio de los derechos tanto en los procesos ordinarios, como en los de contenido propiamente constitucional. La transparencia, la profesionalidad y la calidad, mecanismos de control sobre la actuación judicial, entre otros, serán garantías de la función judicial.

Por otra parte, se les da más protagonismo a los tribunales municipales. En ellos se espera que se resuelvan la mayoría de los conflictos. Además, se les otorga a las asambleas municipales del poder popular la facultad de elección y revocación de los jueces legos que actúan en tribunales municipales y provinciales

ANTEPROYECTO DE LEY DEL PROCESO ADMINISTRATIVO

Este anteproyecto responde al mandato establecido en la disposición transitoria décima de la Constitución de la República de Cuba de crear una nueva Ley de procedimiento civil, administrativo, laboral y económico, según las modificaciones efectuadas en la Ley de Leyes.

El documento explica que la futura ley regularía el proceso administrativo en una ley independiente, en atención las peculiaridades que lo distinguen y los derechos que se protegen.

Esta comprende las demandas contra los actos administrativos y las disposiciones reglamentarias para el adecuado funcionamiento del gobierno del país, lo cual incluye al Consejo de Ministros, organismos de la Administración Central del Estado, gobernadores provinciales, Consejos de la administración municipal, fiscalía, Contraloría General de la República, entre otros.

EL anteproyecto ratifica que se mantiene la regla de que las personas deben reclamar, primero, ante la Administración para, luego, acudir a la vía judicial.

ANTEPROYECTO DE LEY CÓDIGO DE PROCESOS

Este anteproyecto está enfocado en la creación de nueva Ley de procedimiento civil, administrativo, laboral y económico, ajustado a los cambios que se establecen en la Carta Magna, según el mandato establecido en la disposición transitoria décima de la Constitución.

En general la propuesta de ley contempla las regulaciones comunes de todos los procesos legales. Tiene como novedad que refuerza la protección de las personas en situación de vulnerabilidad, a cuyo efecto se confieren facultades suficientes al tribunal para la adopción de los ajustes razonables, explica el documento.

Como en el Anteproyecto de Ley del Proceso Administrativo, se prevé que los conflictos en su mayoría se resuelvan en el ámbito municipal, lo que acerca la justicia al lugar de origen de estos.

Además, se refuerzan también la valoración racional de las pruebas y la actuación de oficio del tribunal. Por otra parte, se establecen plazos menores para la tramitación y solución de los procesos y se potencia la comunicación entre el tribunal y las personas implicadas.

ANTEPROYECTO DE LEY DEL PROCESO PENAL

Desde la conceptualización del modelo económico y social cubano y la Constitución de la República se estipula que el Estado garantice la protección de derechos y deberes de la población. Es por ello que para cumplir con esto y las modificaciones a la Carta Magna se deba perfeccionar del sistema de normas jurídicas del país.

El Anteproyecto de Ley del Proceso Penal refuerza el principio de presunción de inocencia, declara el respeto a la dignidad, la integridad física y psíquica y moral del procesado; y el derecho a que no sea víctima de coacción o violencia para obligarlo a declarar.

Además, para “estar a tono con los tratados internacionales se hace una declaración expresa de la prohibición de someter a desapariciones forzadas, torturas, tratos y penas crueles, inhumanas o degradantes y de privar de libertad fuera de los casos y con las formalidades establecidas en la Ley”, expresa el documento.

Un aspecto importante dentro del anteproyecto es una amplia demanda del pueblo anterior al proceso del referendo constitucional: que los acusados dispongan de asistencia letrada desde el inicio del proceso, el cual - añade el texto -  se fija a partir de la instructiva de cargos del imputado, la que se debe cumplir dentro de las 24 horas en caso de estar detenido.


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Laydis Soler Milanés

Periodista, amante de la literatura y de la buena música.


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