jueves, 28 de marzo de 2024

Aprobados precios máximos para transportistas privados en La Habana

Solo pagará el importe completo el pasajero que se monta en la cabecera y va hasta el final, pero quienes aborden el vehículo en puntos intermedios del recorrido se les cobrará diez pesos...

en ACN 17/01/2020
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Botero en La Habana
Se les exigirá a los transportistas privados cobrar el precio establecido. (Fernando Medina Fernández / Cubahora)

El pasado 5 de enero entraron en vigor nuevas regulaciones y condiciones en relación a los transportistas privados de la capital, entre las cuales está la generalización de la obligatoriedad para adquirir el combustible con tarjeta magnética a un precio diferenciado.

En tal sentido, la Dirección General del Transporte Provincial La Habana (DGTPH) dio a conocer los precios máximos que podrán cobrar estos porteadores, ahora bajo la licencia de Regular, la cual unifica las modalidades anteriores de Ruta y Libre.

Por Acuerdo No.1/2020 del Consejo de la Administración Provincial se aprobó un precio máximo de 10.00 pesos (CUP) por pasajero para los vehículos con una capacidad de hasta 14 pasajeros y un precio máximo de 5.00 pesos (CUP) para los vehículos con una capacidad mayor a los 14 pasajeros (principalmente camiones y camionetas), los cuales serán válidos durante las 24 horas del día y para cualquier recorrido dentro de la ciudad.

Maribel Poulot Bravo, Directora Adjunta de la DGTPH, destacó que “esto tiene algunas excepciones, porque hay tramos cortos donde siempre se han cobrado cinco pesos y así se mantendrá”, y añadió otras excepciones cuyos recorridos por el contrario son largos y el precio será de 25.00 pesos (CUP) o 20.00 pesos (CUP) si el pasajero se traslada en viaje directo desde el origen hasta el destino.

Origen

Destino

Precio Máximo

Fontanar

Abel Santa María

5.00 pesos (CUP)

Fontanar

Wajay

5.00 pesos (CUP)

La Palma en Arroyo Naranjo

Mantilla

5.00 pesos (CUP)

La Palma en Arroyo Naranjo

La Curva de Párraga

5.00 pesos (CUP)

Santiago de las Vegas

El Rincón

5.00 pesos (CUP)

 

 

 

 

Origen

Destino

Precio Máximo

Santiago de las Vegas

La Habana Vieja

20.00 pesos (CUP)

Santiago de las Vegas

Centro Habana

20.00 pesos (CUP)

Santiago de las Vegas

Vedado

20.00 pesos (CUP)

Cotorro

La Habana Vieja

20.00 pesos (CUP)

Cotorro

Centro Habana

20.00 pesos (CUP)

Guanabo

La Habana Vieja

25.00 pesos (CUP)

Guanabo

Centro Habana

25.00 pesos (CUP)

Guanabo

La Virgen del Camino

25.00 pesos (CUP)

“Es importante hacer énfasis en que solo pagará el importe completo el pasajero que se monta en la cabecera y va hasta el final, pero quienes aborden el vehículo en puntos intermedios del recorrido se les cobrará diez pesos”, aseguró Poulot Bravo.

Durante el mes de enero se continuará de manera gradual el proceso de actualización de las licencias y a partir del 1 de febrero se demandará por las autoridades facultadas el cumplimiento del Acuerdo.

José Conesa González, Director General de la DGTPH, reiteró que se les exigirá a los transportistas privados cobrar la tarifa establecida. “Las violaciones de estos precios conllevarán la imposición de multas de 1000 pesos según el Decreto-Ley No. 357 y además su licencia puede ser cancelada temporal o definitivamente.

“Estamos conscientes de que hoy, con los órganos de control, no es suficiente. Por eso debe haber un respaldo popular, que además es un derecho de la población el exigir el cumplimiento de estas medidas y denunciar su violación por los teléfonos 188820 o 78819264, a través del sitio web de la Dirección General de Transporte www.dgtph.transnet.cu o el Portal del Ciudadano www.lahabana.gob.cu o mediante los correos electrónicos oap@getrans.cu, centrollamadas@getrans.cu y atencionciudadana@mitrans.gob.cu. Es necesario que nos informen el número de la matrícula, fecha, hora y lugar del hecho”, explicó Conesa González.

Con relación al combustible, se estableció el precio diferenciado en los Servicentros de 15.00 pesos (CUP) para el litro de Gasolina Especial B-94, 10.00 pesos (CUP) el litro de gasolina Regular B-90 y 8.00 pesos (CUP) para los litros de Gasolina Motor B-83 y Diésel Regular.

“Se establece un consumo mínimo y máximo obligatorio mensual que de no consumirlo también conlleva sanciones en dependencia de las características del vehículo. Además, se adicionan nuevos requisitos para la obtención de la licencia que son el ser titular de una cuenta bancaria fiscal asociada a tarjeta magnética y tener suscrito contrato con FINCIMEX para la adquisición del combustible mediante la tarjeta”, añadió Conesa González.

Todas los taxis con licencia de servicio Regular estarán identificados con una pegatina en el parabrisas y deberán portar dentro del vehículo un cartel con su nombre, apellidos, número de licencia operativa, matrícula y vías para denuncias o sugerencias.


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