//

lunes, 25 de noviembre de 2024

En claves, campaña tributaria 2022 en Cuba

Este 10 de enero comenzó la campaña de declaración jurada y pago de tributos para el 2022. Cubahora resume los detalles…

Redacción Cubahora en Exclusivo 12/01/2022
0 comentarios
ONAT Transfermóvil
Este año todos los trabajadores por cuenta propia (TCP), deben presentar declaración jurada, excepto los del régimen simplificado

El pago de impuestos es un deber fiscal que respalda y asegura los programas sociales del país que dependen del presupuesto estatal como la atención médica y la educación. Tras un 2021 complicado por los efectos de la pandemia y el recrudecimiento del bloqueo, lo cual afectó los ingresos de los contribuyentes, que en muchos casos estuvieron interruptos, este 10 de enero comenzó la campaña de declaración jurada y pago de tributos para el 2022.

Este año incluye entre sus particularidades el perfeccionamiento del trabajo por cuenta propia en Cuba y la aprobación de nuevos actores de la economía. Sobre las novedades y datos de interés de la campaña tributaria, Cubahora resume las siguientes informaciones.

¿Cómo perfeccionó su trabajo la ONAT en 2021?

El pasado año la Oficina Nacional de la Administración Tributaria (ONAT) optimizó su sistema de trabajo y sobre todo perfeccionó sus vías de comunicación y servicios digitales.

¿Cómo será el proceso de declaración jurada en 2022?

Como todos los años, el impuesto sobre ingresos personales, utilidades y el aporte del rendimiento de la inversión estatal se liquidan a través del modelo de declaración jurada.

Este 2022 se mantienen el mismo modelo de declaración jurada y la escala progresiva. No obstante, se modifica el mínimo exento para el impuesto sobre ingresos personales de 10 000 pesos a 39 120 pesos, y se permite la deducción del 100% de los gastos con justificantes del 80%, atendiendo a lo dispuesto en Decreto Ley No. 21, modificativo de la Ley 113 del Sistema Tributario.

¿Se mantiene la bonificación fiscal en el impuesto por ingresos personales?

Sí, permanece la bonificación fiscal del descuento del 5% del impuesto a pagar por ingresos personales, para los contribuyentes que declaren y paguen sus impuestos en o antes del primero de marzo de 2022.

¿Qué novedades tiene recaudación de impuestos a partir de este año?

A partir de este 2022, todos los trabajadores por cuenta propia (TCP), deben presentar declaración jurada, excepto los que la ONAT autorice como de régimen simplificado este enero. Ya para el ejercicio fiscal 2022, a declarar a principios de 2023, sí deberán presentarla todos los TCP, sin importar el régimen que presenten.

Los TCP deben utilizar la contabilidad para el registro de sus operaciones, deben abrir y operar una cuenta bancaria fiscal y adicionalmente cambia la forma de sus pagos. Además, se elimina la cuota fija para el pago a cuenta del impuesto sobre los ingresos personales, que pasa a ser porcentual.

¿Quiénes presentan declaración jurada (DJ08) este año?

Presentan declaración jurada todos los trabajadores por cuenta propia del régimen general, que declaran en correspondencia con los ingresos obtenidos en 2021. También deben hacer la DJ08 los artistas, creadores y personal de apoyo del sector de la cultura; comunicadores sociales y diseñadores de la Asociación Cubana de Comunicadores Sociales (ACCS); y personas que laboran en sucursales extranjeras.

¿Quiénes pueden acogerse al régimen simplificado?

El régimen simplificado incluye proyectos que desempeñen actividades con ingresos inferiores a 200 000 pesos al año y no contraten fuerza de trabajo. Se otorga con carácter excepcional. Las aprobaciones para el régimen simplificado que se hicieron en 2021entran en vigor este enero.

¿Cómo presentan su declaración jurada los agricultores y tenedores de ganado?

Los usufructuarios de tierras agrícolas estatales, propietarios de tierras agrícolas, tenedores de ganado sin tierra y otros productores individuales de alimentos deben realizar la declaración jurada (DJ12). Esta tiene este 2022 en un tipo impositivo fijo del 2% para el cálculo del impuesto a pagar.

En el caso de los productores cañeros la presentación de la declaración jurada, liquidación y pago del impuesto por los ingresos obtenidos inicia el primero de julio y concluye el 31 de octubre de 2021. Para apoyar esa actividad, se concedió una bonificación del 5% de la cuantía que resulte a pagar, según declaración jurada, a aquellos que declaren y paguen en o antes del 30 de agosto.

¿Se mantiene bonificación para los que realicen pago de impuestos de forma digital?

Sí, se mantiene la bonificación del 3% para quienes paguen utilizando los canales electrónicos.

¿Se pagarán impuestos sobre el transporte terrestre y por la posesión de embarcaciones?

Sí, este año se inicia el pago sobre el transporte terrestre y por la posesión de embarcaciones. Los dueños de esos medios de transporte deberán realizar un pago del año en curso por la propiedad de esos bienes.

¿Cómo se realiza el descuento del 20% del impuesto sobre el transporte terrestre?

Para quienes paguen antes del 28 de febrero se mantiene el descuento del 20% del impuesto sobre el transporte terrestre, tanto para personas naturales como jurídicas. Ese descuento lo debe realizar el propio contribuyente cuando ejecuta el pago. En el caso de personas naturales, el importe por Transfermóvil debe hacerse con el descuento ya realizado.

¿Cuándo estarán disponibles los vectores fiscales del 2022?

Los vectores fiscales de 2022 para personas naturales estarán disponibles y podrán descargarse del portal tributario de la ONAT (www.onat.gob.cu) en la sección Servicios para el Contribuyente a partir del 15 de enero.

¿Dónde se pueden obtener los modelos de declaración jurada?

Los modelos de declaración jurada se pueden obtener en el portal tributario en la sección Descarga/Modelos y Formularios. También se encuentran en Excel la DJ08 y DJ12 para facilitar el cálculo del impuesto. Incluso, contamos con la DJ Excel de utilidades para las personas jurídicas.

Aunque, también las planillas se pueden copiar en las oficinas de la ONAT con una memoria flash o se puede adquirir el modelo físico.

¿Cómo se entrega a la ONAT la declaración jurada?

Se mantienen las vías de entrega a través del buzón situado en las oficinas municipales de la ONAT y por correo certificado. Como novedad, nuestra oficina está implementando la firma digital para los contribuyentes. Por tanto, aquellos que posean firma digital pueden hacer llegar la DJ en PDF por correo electrónico o llevarla en una memoria flash a la oficina.

¿Cómo será la campaña tributaria para la MIPYMES y CNoA?

En el caso de los nuevos actores de la economía, tanto MIPYMES como CNoA de nueva creación está exoneradas de pagar impuestos por un año y las reconvertidas por seis meses.

¿En qué período se realiza la declaración jurada y pago de impuestos?

¿Qué tramites de la ONAT se pueden realizar por vía digital?

En estos últimos años la ONAT ha informatizado sus procesos internos y en general, la gestión tributaria en el país. En ese sentido destaca el Portal Tributario del Ciudadano, que entró en funcionamiento en diciembre de 2020 y cuenta en la actualidad con casi 50 500 usuarios.

Ese sitio web brinda cinco servicios en línea orientados a contribuyentes personas naturales: descarga del vector fiscal (obligaciones tributarias), modificaciones de cuotas mensuales, suspensiones de obligaciones, consultas y pagos realizados; además de otros modelos y formularios, respuestas a preguntas frecuentes, noticias y contactos.

Por otra parte, se mejoró el servicio de pagos de los tributos para las personas naturales a través de Transfermóvil, banca telefónica, banca remota y cajeros automáticos. Por ejemplo, por Transfermóvil se realizó el 9.5% de la cantidad total de pagos de tributos, el 1.8% del importe total de estos.

Una novedad en 2021 fue la implementación de la firma digital para las personas naturales. Hasta la fecha, 134 contribuyentes en el país tienen certificadas sus firmas digitales.


Compartir

Redacción Cubahora

Desde la redacción de Cubahora se toman día a día decisiones informativas, editoriales y de cualquier índole.


Deja tu comentario

Condición de protección de datos