Nuevas normas jurídicas sobre el Sistema de Propiedad Industrial de Cuba, publicadas este viernes en la Gaceta Oficial Extraordinaria número 40, permitirán a personas naturales y jurídicas disponer de más garantías relacionadas con el desarrollo y protección de las producciones intelectuales y los servicios.
María de los Ángeles Sánchez, directora de la Oficina Cubana de Propiedad Industrial (OCPI) informó en conferencia de prensa que estas regulaciones comprenden dos decretos-leyes, tres decretos y cinco resoluciones, las cuales entrarán en vigor dentro de 60 días.
Precisó que están dirigidas a proteger la salud pública y la nutrición de la población, salvaguardar el interés público para el desarrollo científico-tecnológico y socioeconómico, y contrarrestar el ejercicio abusivo de los derechos de propiedad industrial adquiridos y las prácticas que afecten el comercio y la transferencia de tecnología.
Por ello, uno de los Decreto-Ley, el No. 336, establece que las disposiciones contractuales de propiedad industrial se requieren incluir en los negocios jurídicos para la adquisición de tecnologías, la colaboración económica y científico-técnica.
Aclaró que los negocios jurídicos son aquellos que conllevan la concertación de contratos de licencia y de cesión para la obtención de tecnología, basada en solicitudes o derechos de propiedad industrial o información no divulgada, así como acuerdos dirigidos a la colaboración económica y científico-técnica.
La norma garantiza que la explotación productiva y comercial de los activos intangibles (bienes inmateriales) se realice mediante contratos, los cuales aseguren la no inclusión de cláusulas comerciales restrictivas que afecten el desempeño industrial y comercial de las entidades cubanas en el proceso de inversión nacional y extranjera, añadió.
Otro Decreto-Ley que entrará en vigor, el No. 337, está encaminado a evitar las prácticas desleales en materia de propiedad industrial por personas naturales o jurídicas, en actividades industriales o comerciales.
Referente a los tres Decretos aprobados, la directiva señaló que el No. 341 ratifica a la OCPI como órgano rector del Sistema de Propiedad Industrial de Cuba, y sus funciones como entidad adscripta al Ministerio de Ciencia, Tecnología y Medio Ambiente.
En tanto, el 342 pone en vigor el Reglamento del Decreto-Ley No. 290, mediante el cual se regula el procedimiento de concesión de las patentes y los certificados de registro de los modelos de utilidad, los dibujos y modelos industriales.
De acuerdo con Sánchez el Decreto No. 343 establece los principios, objetivos, bases e indicaciones para el diseño e implantación del Sistema de Propiedad Industrial de Cuba.
Concernientes a las resoluciones, destacó que la No. 151 es una norma complementaria al Decreto-Ley No. 290 que actualiza cómo implementar en el país el Tratado de Cooperación en Materia de Patentes en lo relativo a la actuación de la OCPI.
También aludió a la Resolución No. 152 sobre el procedimiento para la remuneración a inventores, autores y obtentores, y a la Resolución Conjunta No. 1 dirigida a las normas para realizar el examen técnico de las variedades vegetales.
Referente a las resoluciones números 60 y 375, subrayó que ambas son complementarias al Decreto-Ley No. 291 que determina las bases de concesión del derecho de obtentor, es decir, los beneficios que obtiene quien descubre o genera una nueva variedad vegetal y legalmente puede adquirirlos.
La directora de la OCPI destacó que para mayor información, los interesados pueden consultar el sitio web www.ocpi.cu y el correo electrónico consultas@ocpi.cu.
Silvio Rafael Cardosa
19/7/19 9:03
Es importante localizar un sitio donde podamos bajar todas las normas jurídica.
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