Como parte del proceso de otorgamiento de beneficios penitenciarios establecidos en ley y en correspondencia con el artículo 90, inciso II de la Constitución de la República, se decidió poner en libertad a 2010 sancionados, a través de un indulto aprobado por el Gobierno de Cuba.
Este gesto humanitario y soberano partió de un análisis cuidadoso de las características de los hechos cometidos por los sancionados, la buena conducta mantenida en prisión, haber extinguido una parte importante de su sanción y estado de salud.
Es por ello que en el total de excarcelados aparecen jóvenes, mujeres, adultos mayores de 60 años, los que arriban al término de libertad anticipada en el último semestre y próximo año; así como extranjeros y ciudadanos cubanos residentes en el exterior.
Para la conformación de la lista de indultados se descartaron a aquellas personas que cometieron delitos de agresión sexual, pederastia con violencia, asesinato, homicidio, drogas, hurto y sacrificio de ganado, robo con violencia o fuerza con la utilización de armas o menores víctimas, corrupción de menores, delitos contra la autoridad, reincidentes y multirreincidentes y algunos que fueron beneficiados con indulto anteriormente y cometieron nuevos delitos.
Se trata de la segunda excarcelación de personas privadas de libertad del presente año, en el contexto de las celebraciones religiosas de la Semana Santa, que constituye una práctica habitual en nuestro sistema de justicia penal y de la trayectoria humanitaria de la Revolución.
Este es el quinto indulto que realiza el Gobierno cubano desde 2011, con los que se han beneficiado más de once mil personas.

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