La economía de un país podría ser la metáfora de una gran cadena, compuesta por diversos eslabones, en el que cada uno conduce a otro inexorablemente. De manera similar mostró el comportamiento actual de los cambios que se llevan a cabo dentro de la economía cubana, la directora jurídica del Ministerio de Economía y Planificación, Johana Odriozola Guitart, en conferencia de prensa ante medios nacionales.
Según la funcionaria, el proceso de actualización del modelo económico cubano requiere desatar cada uno de los nudos presentes en esos eslabones, que hoy limitan el desarrollo integral de las distintas ramas productivas.
La transformación del sistema empresarial cubano es hoy uno de los principales pasos que, en materia de actualización económica, lleva el país. Se avanza en la necesidad de liberar las fuerzas productivas e incrementar los niveles de producción, como un imperativo imprescindible de la nueva política económica.
Una de las principales medidas encaminadas a dar cumplimiento a los Lineamientos de la política económica del Partido y de la Revolución apareció publicada este lunes en la Gaceta Oficial Extraordinaria #14. Se trata de una regulación que establece la flexibilización de los objetos sociales de las empresas, mediante la Resolución # 134 del 2013, del Ministro de Economía y Planificación.
La nueva regulación posibilitará la implementación del lineamiento 13 de la Política Económica y Social del Partido y la Revolución, el cual establece: “se definirán claramente las facultades y los instrumentos financieros de las empresas para dirigir la producción de bienes y servicios. Se hará más flexible su objeto social, para que estas puedan desplegar al máximo sus potencialidades, según lo normado”.
La importancia de esta modificación se expresa en un artículo publicado por Granma recientemente:"sucede hoy que un taller de reparaciones de una entidad, actualmente subordinada a un ministerio, no puede prestar servicios a una entidad de otro organismo, aún cuando tenga las condiciones para hacerlo, porque sencillamente no lo tiene permitido en su objeto social".
De acuerdo con Rubén Toledo Díaz, jefe de la Comisión Permanente para la implementación y desarrollo de los Lineamientos, uno de los logros más trascendentales de la regulación es que otorga mayor independencia y poder de decisión a las diversas empresas, lo que facilita el consiguiente incremento de los niveles de productividad y eficiencia. Esta medida impacta directamente en las empresas estatales y las cooperativas, aunque también implica a las unidades presupuestadas que desarrollan algunas funciones de carácter empresarial.
La disposición ha sido el resultado de un estudio efectuado bajo la conducción del Ministerio de Economía y Planificación, con otros organismos de la Administración Central del Estado.
Odriozola explicó que el principal cambio será en cuanto al concepto de objeto social. Según la nueva regulación, este es “el conjunto de las principales actividades productivas, comerciales y de servicios, que conforman las transacciones mercantiles a través de las cuales una entidad que realiza una actividad de carácter empresarial, desempeña la misión para la que ha sido creada”.
Una de las modificaciones más importantes es que, como establece el artículo 6, el director de la empresa tiene mayores facultades para la toma de decisiones sobre la realización de actividades secundarias derivadas del objeto social de la entidad, cuestión que, como no estaba permitido en la legislación anterior, alentaba las ilegalidades o a que no se aprovecharan al máximo todas las capacidades de las empresas.
También, los directivos podrán decidir sobre otras acciones como arrendamiento de locales y almacenes, servicios de parqueo y autoconsumo, y podrán realizar actividades eventuales, derivadas del objeto social. Por otro lado, será posible brindar los servicios a cualquier persona jurídica o natural y eliminará las alusiones a cualquier tipo de moneda.
La disposición establece que el objeto social solo será aplicable para aquellas personas jurídicas, cuya misión sea realizar tareas productivas, comerciales y de servicios. Por lo que ni las unidades presupuestadas que no realizan actividades económicas, ni las organizaciones políticas y de masas trabajarán a partir de un objeto social.
Odriozola explicó que el objeto social de cada entidad será aprobado por el organismo u órgano que autoriza la creación de la empresa. Así, el Ministerio de la Agricultura determinará el de unidades como las UBPC, las CPA y las CCS.
La directora jurídica del Ministerio de Economía y planificación aclaró que existían particularidades en el caso de las unidades presupuestadas en Cuba. “Tenemos unidades presupuestadas heterogéneas. Hoy un organismo de la Administración Central del Estado es una entidad presupuestada, pero un hospital, centro de investigación o universidad es también una unidad presupuestada”.
En esos casos, Odriozola argumentó que, como regla, las unidades presupuestadas no tendrán objeto social si solo cumplen funciones estatales; en caso de desarrollar también una labor empresarial, se les aprobará un objeto social. “Este puede ser la prestación de servicio de capacitación en el caso de la universidad, como venta de libros. En el futuro tendrá que irse valorando que esas unidades presupuestadas pasen a convertirse en empresas”, añadió.
La funcionaria enfatizó que las flexibilizaciones actuales no podrán ir en detrimento del cumplimiento del encargo estatal y de la misión para la cual fue creada una empresa. “Tenemos que prever que con esta apertura no se dejen de cumplir las tareas esenciales que como encargo estatal tiene una entidad, para poder cumplir con otros destinos”, alertó.
Este es solo uno de los eslabones que deberán irse destrabando, en busca de una mayor flexibilización. El camino es incrementar la eficiencia del sistema económico, y poco a poco liberar los amarres que todavía limitan un mejor desenvolvimiento de la economía.
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