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miércoles, 25 de diciembre de 2024

Cuba: ¿cómo actuar en caso de desastre?

Una nueva norma jurídica del Ministerio de Finanzas y Precios fija los procedimientos para la evaluación, certificación, fijación de precios, contabilización, financiamiento, tributos y control de las pérdidas y los daños en casos de desastres...

Yuniel Labacena Romero en Exclusivo 23/09/2017
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DESASTRES NATURALES ACN
El Gobierno de Cuba decidió que el Presupuesto del Estado financie el 50 por ciento del precio de los materiales de la construcción que se venderán a las personas damnificadas con la destrucción total o parcial de sus viviendas

No son pocas las consecuencias tras el paso devastador del huracán Irma, que golpeó prácticamente todo el territorio nacional por más de 50 horas. Todavía la Oficina Nacional de Estadísticas e Información trabaja en la evaluación de los daños, pero mientras ello llega se toman algunas medidas para beneficiar a los damnificados y agilizar las respuestas.

Entonces, no es casual que a inicios de la semana que concluye el Gobierno haya decidido que el Presupuesto del Estado financie el 50 por ciento del precio de los materiales de la construcción que se venderán a las personas damnificadas con la destrucción total o parcial de sus viviendas.

Lo que sucede ahora no es nuevo. Se tiene a partir de las positivas experiencias durante la recuperación de los daños ocasionados por los ciclones Sandy y Matthew, que afectaron al Oriente del país en 2012 y 2016, respectivamente, y del principio inamovible de que la Revolución no dejará a nadie desamparado, como afirmó el General de Ejército Raúl Castro Ruz, en su mensaje al combativo pueblo de Cuba.

A partir de ello también el Ministerio de Finanzas y Precios estableció la Resolución No. 645/2017, publicada este 19 de septiembre en la Gaceta Oficial No. 37 Extraordinaria, que norma los procedimientos para la evaluación, certificación, fijación de precios, contabilización, financiamiento, tributos y control de las pérdidas y los daños en casos de desastres.

Como dijo Adalberto Carbonell Sotto, director general de Política Fiscal del MFP, se aplica a partir de declararse las etapas de respuesta y recuperación ante situaciones de desastres, por la autoridad facultada para ello, y compete a las unidades presupuestadas, presupuestadas con tratamiento especial, empresas estatales, sociedades civiles y mercantiles de capital totalmente cubano, empresas mixtas, empresas de capital totalmente extranjero, cooperativas (agropecuarias y no agropecuarias), unidades básicas de producción cooperativa y otras formas de gestión no estatal.

A los presidentes de los Consejos de la Administración Provinciales o Municipales, o de los Consejos de Defensa al mismo nivel, les corresponde asegurar la evaluación preliminar o rápida de los daños, en las primeras horas siguientes a la ocurrencia del desastre. Estas autoridades además aprueban la certificación de la evaluación de daños que se realice, en la que se incluyen la tasación, gastos y pérdidas, la base para confeccionar las evaluaciones de necesidades de la población.

Otras de las facilidades de esta nueva norma —que deroga la Resolución No. 143/ 2015 también del Ministerio de Finanzas y Precios—, detalla que los afectados, según su solvencia económica pueden efectuar los pagos mediante bonificación, efectivo, crédito bancario, la combinación de estas modalidades o subsidio. Además agrega que los productos y servicios, que se determine vender a los damnificados, se valoran a los precios minoristas vigentes.

Carbonell Sotto expresó que esta Resolución señala que cuando a los damnificados se le haga entrega de productos recibidos como donación (interna o externa) esta se hace sin costo alguno para los mismos. En estos casos solo se cobra el margen comercial, que incluye los gastos de distribución y transportación, según corresponda, por quien la ejecuta.

Además, a tono con el nuevo instrumento jurídico, los gobiernos locales también tienen la potestad de aplicar beneficios fiscales a favor de los trabajadores por cuenta propia, con carácter general o para determinadas actividades, zonas o consejos populares, y para períodos de tiempo diferenciados.

Para hacer factible estos y otros beneficios establecidos en la Resolución No. 645/2017, según explicó el director general de Política Fiscal del MFP, actualmente los Consejos de Defensa del país activan los denominados Puestos de Dirección, los cuales se crean a nivel de consejo popular y reúnen en un mismo espacio a representantes de la Vivienda, Comercio, Banco, Trabajo, Seguridad Social y Finanzas y Precios.

Esto, especificó el directivo, es similar a lo hecho tras el paso de los huracanes Sandy y Matthew, como parte de las estructuras establecidas en las zonas afectadas para darle la atención adecuada a los damnificados. “No se trata de crear una estructura de este tipo en cada consejo popular, sino que depende de lo que determinen las autoridades en los territorios”, apuntó


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Yuniel Labacena Romero


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